domingo, 3 de octubre de 2010

1. EL ANTIGUO RÉGIMEN. Política.

1.2. La política durante el Antiguo Régimen.
La monarquía fue la principal forma de gobierno en Europa durante el Antiguo Régimen. Progresivamente, los reyes fueron acumulando más poder amparados en los siguientes aspectos:
- El control de los poderes locales e impuestos a través de la mejora de la administración interna (burocracia).
- El mantenimiento de un ejército poderoso y estable.
- La consecución de prestigio internacional por la vía diplomática.
Así, las monarquías autoritarias (s. XVI) que respetaban todavía alguna de las instituciones medievales, dejaron paso a otras monarquías absolutas (s. XVII) en las que el soberano tenía en teoría todos los poderes del Estado, sin ninguna limitación: declaraba la guerra y la paz, capitaneaba los ejércitos, determinaba los gastos del estado, fijaba los impuestos, otorgaba cargos y privilegios, dirigía la administración e impartía en última instancia la justicia.
La monarquía absoluta se fundamentaba en dos tipos de justificaciones teóricas: pensadores como HOBBES opinaban que el poder absoluto del rey para evitar que los intereses particulares acabasen con el orden social; otros como BOSSUET lo fundamentaban en el derecho divino, según el cual la autoridad del rey provenía directamente de Dios, en nombre de quien el soberano ejercía el poder sin posibilidad de ser cuestionado. El ejemplo más significativo de monarca absoluto es Luis XIV, conocido como “El rey Sol”.

Como oposición al absolutismo, en Inglaterra surgió una concepción política partidaria de que el rey compartiese el poder con el Parlamento. Éste era el encargado de elaborar las leyes y controlar al gobierno encarnado por el monarca. Entre los defensores del parlamentarismo destaca LOCKE, quien afirmaba que la soberanía recaía directamente sobre los individuos quienes la cedían voluntariamente a la sociedad, representada por el Parlamento. Aquí, el esfuerzo de la dinastía Estuardo por implantar una monarquía absoluta se saldo con dos revoluciones y el triunfo definitivo del modelo de monarquía parlamentaria, aceptado por Guillermo III con la firma de la Declaración de Derechos de 1689.

Durante el siglo XVIII triunfó en Europa una nueva corriente filosófica y cultural, la Ilustración, cuya característica principal era el racionalismo. Aplicando la razón, los pensadores ilustrados elaboraron una nueva doctrina política cuyo propósito no era acabar con el absolutismo, sino potenciar la capacidad del ser humano, aplicar soluciones científicas a los problemas y mejorar la educación; aunque sus ideas sirvieron para que así fuera:
- Montesquieu, admirador del parlamentarismo inglés y de la obra de Locke, desarrolló el principio de separación de poderes: legislativo, que elabora las leyes, ejecutivo, que las hace cumplir; y judicial, que garantiza su correcto cumplimiento. Este principio suponía, de hecho, una garantía contra el absolutismo.
- Rousseau quiso acabar con el derecho divino de la monarquía desarrollando su teoría del contrato social, según el cual el pueblo poseía la soberanía.
- Voltaire criticó los excesos del absolutismo y propuso un sistema político que limitase los poderes del rey.

Inicialmente algunas de estas ideas derivaron en el Despotismo Ilustrado, en el que el monarca seguía conservando su autoridad absoluta, pero adoptaba una postura paternalista en beneficio de sus súbditos: “Todo para el pueblo, pero sin el pueblo”, ejemplificado por Federico II de Prusia, Catalina II de Rusia o Carlos III en España. El nuevo sistema de gobierno fue bien visto por algunos filósofos ilustrados, pues situaba el poder en el camino de la razón y se orientaba hacia el progreso y la felicidad de los ciudadanos:
- Se favoreció el centralismo y la uniformidad de las instituciones.
- La educación se abrió a amplias capas sociales.
- Se liberalizó el comercio y la economía.
- Se favoreció la tolerancia religiosa.
Sin embargo, el Despotismo Ilustrado no solucionaba los problemas de fondo: el anacronismo de una sociedad dividida en estamentos privilegiados y no privilegiados, la falta de participación política de estos últimos y la ausencia de compromiso para modificar al régimen de propiedad de la tierra.

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